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Querella y denuncia penal en Mendoza: cómo actuar como víctima y en calumnias e injurias

Abogado con martillo de justicia y libro de leyes

Denunciar un delito y constituirse como querellante no es lo mismo. Explicamos cómo funcionan la denuncia y la querella en Mendoza, qué pasa con las calumnias y las injurias y cómo protegerse si lo querellaron.

Denuncia y querella: qué las diferencia

La denuncia pone un hecho en conocimiento de la fiscalía o de la policía para que se investigue. La querella es más: convierte a la víctima en parte del proceso, con abogado propio, y le permite proponer prueba, participar de las audiencias y, según el caso, recurrir determinadas resoluciones. Si usted fue víctima de un delito, un abogado penalista en Mendoza puede indicarle si le conviene solo denunciar o constituirse como querellante.

Delitos de acción pública y de acción privada

La mayoría de los delitos son de acción pública: el fiscal investiga y acusa, y la víctima puede sumarse como querellante. Otros son de acción privada y solo avanzan si la víctima presenta una querella. El artículo 73 del Código Penal incluye entre ellos las calumnias y las injurias, de modo que no se inician con una simple denuncia.

Calumnias e injurias

Las calumnias consisten en imputar falsamente a otra persona un delito concreto que da lugar a acción pública (art. 109 del Código Penal). Las injurias son las ofensas al honor o la reputación que no encuadran en la calumnia (art. 110). Hoy muchos casos nacen en redes sociales, grupos de mensajería o reseñas públicas.

Si usted fue agraviado

  • Conserve la prueba desde el primer momento: capturas con fecha y URL, mensajes completos, datos de testigos.
  • No responda con ofensas, porque puede terminar siendo la parte querellada.
  • Consulte pronto: las acciones de este tipo tienen plazos de prescripción breves.
  • Evalúe la audiencia de conciliación o una retractación, que puede terminar el conflicto sin sentencia.

Si usted fue querellado

La ley prevé herramientas de defensa: probar que lo dicho es verdadero en los casos en que la ley lo permite, invocar el interés público, cuestionar la calificación y, en ciertos casos, retractarse públicamente antes de contestar la querella (art. 117), lo que exime de pena. Vea también qué hacer si le denunciaron penalmente en Mendoza.

La víctima como querellante en delitos de acción pública

Como querellante, usted no depende solo de la fiscalía: puede impulsar la investigación y proponer prueba. Con la reforma de la Ley 9.608 (publicada el 7 de febrero de 2025), el texto actualizado del Código Procesal Penal de Mendoza establece que el querellante puede apelar el sobreseimiento, salvo cuando intervino el trámite de discrepancia con el Fiscal Adjunto (arts. 355 y 362 bis). Para conocer los recursos disponibles, consulte recursos penales en Mendoza.

Querella o mediación

No siempre la querella es el mejor camino. En algunos casos, una mediación penal permite una reparación más rápida. La decisión depende del delito, de la prueba y de lo que usted busca: sanción, reparación económica, protección o cierre del conflicto.

Cómo trabajamos una querella

Como abogados penalistas de confianza en el centro de Mendoza, empezamos por analizar si el hecho constituye delito, de qué tipo de acción se trata y cuánto tiempo hay para actuar. Luego preparamos la denuncia o la querella con la prueba ordenada, asistimos a las audiencias y le informamos cada etapa. Si el caso requiere revisar lo actuado, empezamos por una revisión de la causa.

Preguntas frecuentes sobre querella y denuncia penal

¿Cuál es la diferencia entre denuncia y querella?

La denuncia pone el hecho en conocimiento de la fiscalía. La querella convierte a la víctima en parte del proceso, con abogado propio y facultades para proponer prueba y recurrir.

¿Las calumnias y las injurias se denuncian?

Son delitos de acción privada (art. 73 del Código Penal), por lo que se inician con una querella presentada por la persona afectada.

¿Qué diferencia hay entre calumnia e injuria?

La calumnia imputa falsamente un delito concreto de acción pública (art. 109). La injuria es una ofensa al honor o reputación que no encuadra en la calumnia (art. 110).

¿Qué prueba conviene guardar en un caso de injurias en redes?

Capturas con fecha, hora y URL, mensajes completos, datos de testigos y cualquier constancia de que el contenido fue publicado o difundido.

¿Se puede terminar una querella por calumnias o injurias sin sentencia?

Sí, por ejemplo mediante una retractación pública en los términos del art. 117 del Código Penal o por un acuerdo entre las partes.

Esta nota ofrece información general y no reemplaza el asesoramiento legal sobre un caso concreto. Reales Gattás Estudio Jurídico, abogados penalistas en Mendoza, Av. Bartolomé Mitre 717 PB.

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