Juicio por jurados en Mendoza: qué delitos se juzgan y cómo se elige al jurado
Publicado el 30 de septiembre de 2026 · Fuentes fechadas en 2024 y 2025

Mendoza juzga por jurados populares determinados delitos graves. Resumen de la norma, de la ampliación aprobada por el Senado en 2024, del sorteo de jurados para 2026 y de qué implica para la defensa.
Cómo funciona el juicio por jurados en Mendoza
La Ley 9.106, sancionada en octubre de 2018, incorporó en Mendoza la participación ciudadana en la administración de justicia mediante jurados populares. El tribunal está integrado por doce ciudadanos elegidos al azar mediante sorteos públicos, que emiten un veredicto sobre la culpabilidad o la inocencia de la persona acusada. Según informa el Poder Judicial, en su redacción original la ley alcanza a los homicidios agravados previstos en los arts. 79, 80, 124, 165 y 166 inciso 1 del Código Penal.
La ampliación de delitos aprobada por el Senado en 2024
El 26 de junio de 2024 se informó que la Cámara de Senadores de Mendoza aprobó, de manera unánime, una modificación de la Ley 9.106. Según la nota publicada, la modificación incorpora el homicidio simple y agravado, el robo agravado por lesiones graves o gravísimas y seguido de muerte, y el abuso sexual agravado seguido de muerte. La norma también permite solicitar jurados de otra circunscripción cuando el caso hubiera conmocionado a una comunidad, para garantizar la imparcialidad. Para conocer el texto vigente conviene consultar la norma sancionada y su publicación oficial, porque esta nota se basa en el resumen del trámite legislativo.
Sorteo de jurados para 2026
El 1 de octubre de 2025, el Poder Judicial informó que se realizó el sorteo de ciudadanos que podrán ser convocados como jurados populares durante 2026: 11.727 personas en total. Por circunscripción, se sortearon 7.630 personas en la primera, 1.631 en la segunda, 1.655 en la tercera y 811 en la cuarta. La información se publica con las tres últimas cifras del DNI de las personas sorteadas.
Quiénes pueden ser jurados
- Nacionalidad: argentino nativo o naturalizado, con un mínimo de cinco años de ciudadanía.
- Residencia: cuatro años en la provincia y dos en la jurisdicción.
- Edad: entre 18 y 75 años.
- Capacidad: comprender el idioma y saber leer y escribir.
- Derechos políticos: pleno ejercicio.
Qué cambia para la defensa penal
Un juicio por jurados no se prepara como un juicio ante jueces técnicos. La estrategia debe explicarse en lenguaje claro y sostenerse en una teoría del caso simple, coherente y fácil de seguir, porque quienes deciden no son abogados. Esto obliga a ordenar la prueba, a preparar testigos y peritos para explicar sin tecnicismos y a anticipar qué preguntas se hará una persona sin formación jurídica frente a cada elemento del caso. También aumenta la importancia de la etapa previa, ya que las decisiones sobre qué prueba se ofrece y cómo se plantean los hechos condicionan todo el debate.
Para un análisis de su causa, un abogado penalista en Mendoza puede indicarle si el delito imputado corresponde a este tipo de juicio, qué riesgos y ventajas tiene frente a otras vías y qué ocurre con las salidas alternativas. En nuestra guía sobre juicio oral y abreviado en Mendoza se comparan los caminos posibles. Si ya hay una condena, vea recursos penales en Mendoza.
Por qué importa si enfrenta una acusación grave
Cuando el delito imputado puede ser juzgado por jurados, todo el trabajo de la defensa cambia desde la investigación. La forma en que se relata el hecho, la calidad de las pruebas y el modo de presentarlas ante ciudadanos sin formación jurídica pesan tanto como el análisis técnico de la calificación legal. Por eso es recomendable consultar cuanto antes con un abogado penalista de confianza, que pueda ordenar el caso y explicar con claridad qué opciones existen en cada etapa, incluidas las salidas alternativas y los acuerdos.
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Los cambios recientes en el proceso penal provincial no se limitan a los jurados: la Ley 9.608 modificó apelaciones, oposición a la citación a juicio y casación. Si necesita orientación sobre una causa concreta, puede pedir una revisión de causa penal.
Preguntas frecuentes sobre juicio por jurados
¿Cuántos ciudadanos integran el jurado en Mendoza?
Doce, elegidos al azar mediante sorteos públicos, según informa el Poder Judicial de Mendoza.
¿Qué ley regula el juicio por jurados en Mendoza?
La Ley 9.106, sancionada en octubre de 2018, con una modificación aprobada por el Senado provincial en junio de 2024.
¿Quién puede ser jurado?
Personas de 18 a 75 años, argentinas nativas o naturalizadas, con residencia en la provincia y la jurisdicción, que sepan leer y escribir y tengan pleno ejercicio de derechos políticos.
¿Cuántas personas fueron sorteadas para 2026?
11.727 personas, según el Poder Judicial de Mendoza en una nota del 1 de octubre de 2025.
Esta nota ofrece información general y no reemplaza el asesoramiento legal sobre un caso concreto. Reales Gattás Estudio Jurídico, abogados penalistas en Mendoza, Av. Bartolomé Mitre 717 PB.